

DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES TERESIANOS
Son derechos de los representantes legales (padres de familia o acudientes), como miembros de la Comunidad Educativa teresiana, todos los contemplados en la constitución política y en las demás disposiciones vigentes, en especial:
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Participar en la planeación, ejecución y evaluación del PEI, de acuerdo a la Ley General de Educación y las necesidades institucionales a través de sus representantes legales.
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Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones al Consejo de Padres de Familia, asociación de Padres de Familia, como representante al Consejo Directivo, o al Comité de Evaluación y Promoción.
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Constituirse en parte activa de la Escuela de Familia, para que a través de ella se logre una mejor formación, a fin de tratar adecuadamente los problemas de sus hijos.
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Cumplir con las citaciones, a las reuniones de entrega de boletines u otro carácter y las disposiciones dadas en las circulares, para participar en forma directa en la formación de sus hijos.
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Hacer peticiones respetuosas a las autoridades y docentes del plantel por motivos de interés general o particular, y a obtener pronta solución; a solicitar y recibir explicaciones claras y precisas sobre el rendimiento escolar y el comportamiento de sus hijos en forma cortés y oportuna.
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Participar en todos los programas que brinde la institución para cumplir adecuadamente la tarea formativa que les corresponde.
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Exigir el respeto de los derechos, el cumplimiento de los deberes y garantía constitucionales y legales vigentes dentro de la institución.
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Demandar del Consejo Directivo la prevalencia del interés general al interés particular en el momento de considerar el retiro definitivo del estudiante.
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Solicitar los servicios de orientación y asesoría escolar, cuando considere que dicha atención es necesaria para la formación y bienestar de sus hijos.
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Ser veedores del cabal desarrollo de los servicios y procesos institucionales y la adecuada inversión de recursos.
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Exigir para sus hijas o hijos una educación excelente, dentro de una comunidad sana y de principios morales.
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Ser atendidos en los horarios previamente establecidos por los directivos, docentes y administrativos.
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Solicitar y obtener certificados y constancias, previa cancelación de costos.
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No ser recriminado por el ejercicio de su derecho a opinar.
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Conocer el Manual de Convivencia vigente.
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Interponer los recursos de reposición y apelación cuando les haya sido aplicada una sanción académica y/o de comportamiento a sus hijos (as) o acudidos.