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DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA O ACUDIENTES TERESIANOS

Son derechos de los representantes legales (padres de familia o acudientes), como miembros de la Comunidad Educativa teresiana, todos los contemplados en la constitución política y en las demás disposiciones vigentes, en especial:

  1. Participar en la planeación, ejecución y evaluación del PEI, de acuerdo a la Ley General de Educación y las necesidades institucionales a través de sus representantes legales.

  2. Elegir y ser elegido en igualdad de condiciones al Consejo de Padres de Familia, asociación de Padres de Familia, como representante al Consejo Directivo, o al Comité de Evaluación y Promoción.

  3. Constituirse en parte activa de la Escuela de Familia, para que a través de ella se logre una mejor formación, a fin de tratar adecuadamente los problemas de sus hijos.

  4. Cumplir con  las citaciones, a las reuniones de entrega de boletines u otro carácter y las disposiciones dadas en las circulares, para participar en forma directa en la formación de sus hijos.

  5. Hacer peticiones respetuosas a las autoridades y docentes del plantel por motivos de interés general o particular,  y a obtener pronta solución; a solicitar y recibir explicaciones claras y precisas sobre el rendimiento escolar y el comportamiento de sus hijos en forma cortés y oportuna.

  6. Participar en todos los programas que brinde la institución para cumplir adecuadamente la tarea formativa que les corresponde.

  7. Exigir el respeto de los derechos, el cumplimiento de los deberes y garantía constitucionales y legales vigentes dentro de la institución.

  8. Demandar del Consejo Directivo  la prevalencia del interés general al interés particular en el momento de considerar el retiro definitivo del estudiante.

  9. Solicitar los servicios de orientación y asesoría escolar, cuando considere que dicha atención es necesaria para la formación y bienestar de sus hijos.

  10. Ser veedores del cabal desarrollo de los servicios y procesos institucionales y la adecuada inversión de recursos.

  11. Exigir para sus hijas o hijos una educación excelente, dentro de una comunidad sana y de principios morales.

  12. Ser atendidos en los horarios previamente establecidos por los directivos,       docentes y administrativos.

  13. Solicitar y obtener certificados y constancias, previa cancelación de costos.

  14. No ser recriminado por el ejercicio de su derecho a opinar.

  15. Conocer el Manual de Convivencia vigente.

  16. Interponer los recursos de reposición y apelación cuando les haya sido aplicada una sanción académica y/o de comportamiento a sus hijos (as) o acudidos.

Aprobado por el Gobierno Departamental según Resolución Nº 0424 de junio 24 de 2000 de PREESCOLAR, BÁSICA PRIMARIA, BÁSICA SECUNDARIA, MEDIA Y EDUCACIÓN PARA ADULTOS REG. DANE Nº 352838000022   REG. S.E.N. 458013127 N.I.T. 814002829-0       

                  Carrera 15 Nº 14-13 tel. 7280167 – 7280888 fax 7280300

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